El año 2019 llega cargado de importante novedades para autónomos y pymes, especialmente en materia de cotización. Desde el 1 de enero de 2019, las cotizaciones llevan asociadas por primera vez mayores coberturas sociales para el autónomo, debido a que la base de cotización de los trabajadores por cuenta propia se ha incrementado en un 1,25 por ciento a partir del 1 de enero de 2019 y el tipo de cotización pasa a ser del 30 por ciento. Así, la cuota sube para los autónomos persona física 5,36 euros al mes (64 euros al año) y para los autónomos societarios la subida es de 6,89 al mes (82 euros al año).
En el apartado de fiscalidad, comienza con nuevas obligaciones fiscales, nuevas deducciones en la Renta 2018 y el mantenimiento de citas esenciales en el calendario fiscal del autónomo. Todos ellos son cambios sustanciales y complejos. Entre las novedades en materia fiscal se encuentran las referidas a los límites para tributar por módulos en 2019 o la fecha de presentación del modelo 347, y otras que continúan en el aire a la espera de unos nuevos Presupuestos Generales.
Nuevas deducciones para autónomos en el IRPF de 2018
Los trabajadores por cuenta propia pueden deducirse las dietas derivadas y los suministros hasta en un 30 por ciento del total de la superficie afecta a la actividad y declarada en el modelo 036 de Hacienda. Aunque según denuncian desde las asociaciones de autónomos, como la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (Upta) estas deducciones no son efectivas, ya que existe una inseguridad y un vacío legal a la hora de presentar estos gastos en la declaración del IRPF.
La cuantía diaria por comer fuera será de 26,67 euros o 48,08 si es en territorio extranjero. En caso de pernocta, las cuantías alcanzan los 53,34 euros y los 91,35 euros respectivamente. Esta deducción está sujeta sujeto a una serie de condiciones, como que se realice fuera del municipio al que corresponda el domicilio del negocio, que se realice el pago telemático y que se conserve el comprobante.
Exención en el IRPF de las prestaciones por maternidad
Otras de las novedades de la campaña de la Renta de este año tiene que ver con las prestaciones por maternidad que están exentas en el IRPF según ha determinado Hacienda hace un mes tras el fallo del Supremo. Por tanto, las madres o los padres autónomos que se hayan beneficiado de esta prestación no tendrán que declararlas como rentas y Seguridad Social no podrá realizar retención alguna. Además, durante los primeros meses de 2019 Hacienda realizará las pertinentes devoluciones con carácter retroactivo que se han realizado durante diciembre de 2018, por las prestaciones recibidas de los nacimientos de 2014 y 2015, y enero para los de hijos nacidos en 2016 y 2017.
Nueva obligación fiscal con el ‘Modelo 179’
Si eres intermediario entre propietario e inquilino de viviendas vacacionales, tendrás una nueva obligación fiscal: la presentación del nuevo Modelo 179. Este nuevo modelo está dirigido a los protagonistas de plataformas colaborativas como Airbn o Wundu y deja fuera de esta nueva obligación fiscal a los alojamientos turísticos que ya cuentan con su propia normativa. La presentación del Modelo 179 se hará en formato digital a través de la Sede Electrónica de Agencia Tributaria y tendrá una cadencia trimestral.
Presentación del ‘Modelo 347’
La declaración informativa de operaciones con terceros realizadas durante el ejercicio de 2018 se continuará presentando en febrero, pese a que la idea inicial del Gobierno anterior y del actual era adelantarla al mes de enero.
Tributación por módulos
Tras meses de negociaciones con la Agencia Tributaria, se aprueba también la prórroga de los límites de facturación para autónomos por módulos, lo que ayudará a más de 400.000 autónomos a permanecer en este tipo de tributación fiscal. Desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos se recuerda que de los 3,2 millones de autónomos, 1,5 millones lo hacen mediante la estimación directa, más de 400.000 por el sistema de módulos y el resto como sociedades. La legislación vigente contemplaba que a partir de 2019 se endurecerán los umbrales para tributar por el sistema de estimación objetiva (módulos), de modo que el límite de facturación a partir del cual se veta la tributación en módulos bajase de los 250.000 a los 150.000 euros y, en el caso de facturación a otras empresas, de 125.000 euros a 75.000 euros.
“El mantener los límites actuales permitirá a muchos autónomos seguir con sus actividades, que de otra manera se verían abocados a echar el cierre”, señala Lorenzo Amor, presidente de la ATA. Así, el Gobierno, mantendrá la prórroga de los actuales límites de exclusión y no endurecerá la tributación por módulos en 2019.
FUENTE: (ElEconomista, 07-01-2019)