Durante décadas, el amianto —también conocido como asbesto— fue un material habitual en la construcción, la automoción y la industria. Su uso era tan común que miles de trabajadores estuvieron expuestos a sus fibras sin conocer sus graves consecuencias para la salud.
Hoy sabemos que el contacto con amianto puede provocar enfermedades respiratorias graves, como la asbestosis, el cáncer de pulmón o el mesotelioma pleural. Por ello, el Estado ha creado un fondo de compensación económica destinado a las personas afectadas o a sus familiares.
En este artículo de Asetec Asesoría, te explicamos de forma clara quién puede solicitar la ayuda, qué requisitos existen y cómo tramitarla paso a paso.
¿Qué es el amianto y por qué es tan peligroso?
El amianto es un conjunto de minerales naturales con una estructura fibrosa, muy resistente al calor, la electricidad y la corrosión. Estas propiedades lo convirtieron durante años en un material ideal para fabricar aislamientos, tejados, tuberías, frenos o juntas industriales.
El problema es que sus fibras microscópicas pueden inhalarse fácilmente. Una vez dentro del organismo, se acumulan en los pulmones y provocan procesos inflamatorios y cánceres que pueden aparecer incluso 20 o 30 años después de la exposición.
Por este motivo, la Unión Europea prohibió totalmente su uso en 2005, y en España desde el Real Decreto 396/2006.

Fondo de compensación para las víctimas del amianto
El Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto fue creado por la Ley 21/2022, de 19 de octubre, y está operativo desde julio de 2023.
Su finalidad es reconocer e indemnizar a las personas afectadas por enfermedades derivadas de la exposición al amianto, así como a sus familiares en caso de fallecimiento.
El fondo está gestionado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y cubre tanto a trabajadores expuestos directamente como a quienes sufrieron exposición ambiental o doméstica (por ejemplo, convivientes de trabajadores que manipulaban ropa contaminada).
Requisitos y documentación necesaria
- Acreditar la exposición al amianto, ya sea por vía laboral o ambiental.
- Presentar un diagnóstico médico de una enfermedad relacionada (mesotelioma, asbestosis, cáncer de pulmón, etc.).
- Aportar documentación que confirme la relación entre la enfermedad y la exposición (vida laboral, informes del INSS, certificado de empresa o de la mutua).
- En caso de fallecimiento, los familiares directos pueden presentar la solicitud en su nombre.
Cuantías y compatibilidad con otras prestaciones
La indemnización económica depende del tipo de enfermedad y de la situación de la persona afectada. El importe puede variar desde miles de euros hasta compensaciones más elevadas si la enfermedad ha causado incapacidad permanente o fallecimiento.
Además, esta ayuda es compatible con otras prestaciones o pensiones reconocidas por la Seguridad Social, aunque se descontarán las cantidades ya percibidas por el mismo motivo.
Cómo solicitar la compensación
La solicitud se presenta ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), de forma presencial o telemática. Los pasos principales son:
- Reunir toda la documentación médica y laboral.
- Rellenar el formulario oficial de solicitud.
- Presentarlo ante el INSS o la mutua colaboradora.
- Esperar la resolución, que suele emitirse en un plazo de tres a seis meses.
En caso de dudas o rechazo inicial, se puede presentar reclamación previa o recurso administrativo.
📎 Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto – Seguridad Social
Cómo puede ayudarte Asetec Asesoría
En Asetec Asesoría analizamos cada caso de forma personalizada, ayudándote a:
- Verificar si tu situación encaja dentro de las enfermedades reconocidas.
- Preparar correctamente toda la documentación.
- Tramitar la solicitud de compensación ante la Seguridad Social.
- Gestionar posibles pensiones o indemnizaciones complementarias.
Nuestro equipo de asesoría laboral en Castalla cuenta con más de 40 años de experiencia acompañando a trabajadores y familias con trato cercano, rigor y confianza.
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Preguntas frecuentes sobre el fondo del amianto
¿Quién puede solicitar la compensación si el afectado ha fallecido?
Los familiares directos (cónyuge, hijos o herederos legales) pueden presentar la solicitud y recibir la indemnización.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
Generalmente entre 3 y 6 meses, dependiendo de la carga administrativa y la complejidad del caso.
¿Qué pasa si estuve expuesto indirectamente?
El fondo también reconoce casos de exposición ambiental o doméstica, siempre que se demuestre el vínculo con el amianto.
¿Puedo cobrar esta ayuda si ya tengo una pensión por incapacidad?
Sí, es compatible, aunque el INSS descontará las cantidades ya percibidas por el mismo concepto.
Fuentes oficiales:
🔗 Ley 21/2022, de 19 de octubre, de creación del Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto (BOE)
🔗 Seguridad Social – Fondo Amianto
Artículo elaborado por Asetec Asesoría Castalla · Confianza, experiencia y soluciones reales.
