El Pleno del Supremo, tras dos días de reuniones, decidió ayer mantener la jurisprudencia establecida en los últimos 23 años sobre el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) de los préstamos hipotecarios y su pago por parte de los clientes, echando por tierra el cambio de doctrina fijado por tres sentencias del Alto Tribunal el pasado 16 de octubre.
Tras dos semanas de incertidumbre y un pleno de elevada tensión, 15 magistrados rechazaron una modificación en la interpretación de la legislación frente al visto bueno de 13.
La resolución, cuyo contenido y argumentos se conocerán en los próximos días, libra a la banca de tener que pagar a partir de ahora este gravamen y cierra la puerta a una aplicación de la retroactividad, es decir, que tenga que asumir reclamaciones millonarias, que oscilaban entre los 5.000 millones y los más de 30.000 millones en función de los plazos temporales.
La decisión implica también que las comunidades autónomas tengan que abonar en un primer momento una devolución del impuesto a los prestatarios por las operaciones de los últimos cuatro años, lo que cierra la puerta a que el Estado incumpla los objetivos de déficit pactados con Bruselas.
La banca mostró ayer su satisfacción tras conocerse el resultado de la votación del Supremo, ya que ratifica la seguridad jurídica de un mercado tan importante como el hipotecario en el caso español. Esta situación, según las entidades, beneficiará no solo a ellos mismos, sino al resto de actores vinculados a esta actividad y a la sociedad en su conjunto. Hay que recordar que en España las familias, de manera generalizada, han podido acceder a la vivienda gracias al entorno y a la estabilidad normativos a precios más atractivos que en otros países de nuestro entorno.
Las entidades, además, sostienen que se confirman así los argumentos que han estado defendiendo en los últimos días, entre los que destacan que en todo momento han actuado conforme a la legislación vigente.
Fuentes financieras destacaron, en este sentido, que lo que había razonable eran las sentencias del pasado 16 de ocyubre y la situación de incertidumbre, y recuerdan que en noviembre de 2017 y en febrero de este mismo ejercicio el Supremo ya había dejado claro que era el cliente el que tenía que asumir el coste del polémico impuesto.
Aún así, en varias entidades consideran que hay que mantener la cautela y esperar a conocer el contenido de la resolución. Apuntan que la división es relevante y que los argumentos de los jueces que incluyen votos particulares serán claves y determinantes.
Cautela
El riesgo de reclamaciones se mantiene y, por tanto, también su eventual coste, al estar abierta la vía civil para los usuarios. Pero, los bancos sí evitan tener que hacer por ahora provisiones que podrían haber dado al traste con sus objetivos de rentabilidad. Distintas entidades podrían haber entrado en pérdidas de haberse abierto una posibilidad a una devolución del impuesto pagado por sus clientes por operaciones del pasado.
Las comunidades autónomas, en principio, sí se libran de tener que costear en un primer momento los importes de las reclamaciones que podrían haberse interpuesto. El Ministerio de Economía había calculado esta cuantía en 5.000 millones, incluyendo intereses de demora. El Gobierno ya estaba preparando mecanismos para ayudar a las regiones a poder afrontar este coste, además de negociar con Bruselas el incumplimiento de los objetivos de déficit público. La cantidad hubiera implicado superar el umbral del 3 por ciento del PIB pactado con Bruselas.
Desde Hacienda indicaron ayer que iban a pedir a la Comisión Europea que las devoluciones no se imputen como déficit, dado que éstas se tendrían que recobrar de las entidades bancarias en los siguientes meses. Eso sí, los bancos no estaban dispuestos a aceptar esta situación y preveían un largo proceso judicial pare evitar esta factura.
La decisión del Supremo ha sido mejor, incluso, del escenario central que manejaban las propias entidades financieras y la mayor parte de los expertos. Daban por sentado que, al menos, a partir de ahora los bancos sí tendrían que hacerse cargo del IAJD. Algunas casas de análisis había llegado a considerar que España se convertiría en una “república bananera” si el Tribunal abría la puerta a una retroactividad en caso de cambio de doctrina.
Contacta con nosotros y te informaremos de todos los trámites a seguir.
Fuente: ElEconomista (07/11/2018)